Jerez: Un juez del Opus exculpa a García Pelayo de la Gurtel

El Tribunal Supremo (TS) ha archivado la parte del caso Gürtel seguida contra la diputada del PP María José García-Pelayo por falta de indicios de responsabilidad penal en su actuación cuando era alcaldesa de Jerez de la Frontera (Cádiz).

En auto el alto tribunal acuerda el sobreseimiento de la pieza separada denominada Gürtel-Fitur sobre los hechos investigados que se acotan al año 2004 en relación con determinados contratos administrativos para el desarrollo de la Feria Internacional de Turismo (Fitur) de aquel año, así como otros expedientes para llevar a cabo actos en la plaza Mayor de Madrid.

El instructor de esta parte de la causa en el Supremo, Antonio del Moral (foto adjunta), no cuestiona en la resolución la posible relevancia penal de los hechos investigados ante el cúmulo de indicios que apuntan que la asignación de esos contratos se hizo de forma “voluntarista”.  Explica que fue una decisión arbitraria “adoptada al margen de todo procedimiento legal beneficiando a tres empresas que resultaron adjudicatarias en virtud de una decisión tomada sin respeto a los procedimientos y garantías administrativas”.

Según el magistrado, el carácter absolutamente irregular de aquella contratación radica en la constatación de que la decisión de adjudicar los contratos a las tres empresas fue anterior a los propios expedientes, que se tramitaron después de Fitur.

El juez analiza si existen indicios racionales y consistentes contra la entonces alcaldesa para concluir que no se le puede atribuir una conducta dolosa. Tras constatar que la eficacia jurídica de las decisiones está ligada a la firma de la alcaldesa, descarta que lo hiciera a sabiendas de su arbitrariedad.

No sirve solo la firma

El auto cita dos sentencias de la Sala de lo Penal del Supremo que establecen que el delito de prevaricación exige probar algo más que la pura constatación de la firma en una resolución objetivamente arbitraria e injusta.

El instructor considera obvio que en determinados ámbitos tanto administrativos como empresariales se ha de operar con un principio de confianza en la labor de los escalones previos al ámbito estrictamente de decisión. Añade que por ello no es exigible que el alcalde de un ayuntamiento como el de Jerez contraste y coteje con cada expediente todas y cada una de las decisiones o acuerdos que firma.

La resolución califica de creíble el testimonio de la investigada sobre su desconocimiento de “toda esa trastienda de la que emana un fuerte aroma a irregularidades, tráfico de influencias o decisiones opacas y dicho castizamente, caciquiles, resultan no solo muy verosímiles sino además sugestivas de acomodarse a lo más probable”.

(Fuente: Andalucía Información)

Antonio del Moral, un ultraconservador juez del Opus Dei

El instructor del Tribunal Supremo que ha defendido y logrado que la Sala de lo Penal del alto tribunal archive la causa abierta contra la ex alcaldesa de Jerez y diputada del PP  Maria José García-Pelayo en la pieza separada de Gürtel es algo más que simplemente conservador. Se llama Antonio del Moral García y su vinculación al Opus Dei es pública y notoria.

Además de que numerosas informaciones le atribuyen la pertenencia a la organización ultracatólica, él mismo ha participado asiduamente en actos y publicaciones de la prelatura fundada por José María Escrivá de Balaguer. Con motivo del centenario en 2002 del nacimiento de fundador del Opus, el entonces fiscal del Tribunal Supremo Antonio del Moral participaba en la clausura de curso del Colegio Mayor Albayzín con la conferencia titulada ‘Referencias Jurídicas en la vida y enseñanzas del beato Josemaría.

Antonio del Moral, que ha colaborado en las páginas de opinión del diario La Razón, fue uno de los autores de la obra colectiva que reunió las ponencias de unas Jornadas de Bioética organizadas por la Universidad Católica de Murcia, también del Opus. La coordinadora del libro era Gloria Tomás y Garrido, profesora de dicho centro cuyas opiniones descarnadamente homófobas son bien conocidas. Opiniones como estas: “Nos quieren meter la homosexualidad por las narices en esta sociedad”; si tuviera un hijo gay “lo llevaría a un buen médico a ver qué podemos hacer por el chaval”.

Conservadores en los puestos clave

Como recordaba una información de El País firmada por Julio M. Lázaro en 2010, la composición de la Sala Penal del Supremo ya era entonces significativa: de una plantilla de 15 magistrados, nueve pertenecían al bloque conservador, y los otros seis, al progresista.

Fuentes del Poder Judicial aventuraban al periodista especializado en temas judiciales que “el próximo en acceder a la Sala sería el fiscal Antonio del Moral, un conservador del Opus Dei”. No se equivocaban: en febrero de 2012 el Pleno del Consejo General del Poder Judicial nombraba magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo a Antonio del Moral.

La rama jerezana del Caso Gürtel

Los hechos en los que ha quedado exculpada la dirigente del PP se circunscriben al año 2004, fecha en que se produjo por parte del Ayuntamiento de Jerez la adjudicación irregular a empresas de la trama Gürtel de varios contratos para llevar a cabo actos en la Plaza Mayor de Madrid en el marco de la feria de turismo FITUR. El montante de las adjudicaciones rozan los 250.000 euros. El instructor de esta parte de la causa en el Supremo piensa que fue una decisión arbitraria “adoptada al margen de todo procedimiento legal” y que benefició a tres empresas que resultaron adjudicatarias, pero descarta rotundamente que la alcaldesa tomara esta decisión a sabiendas de su arbitrariedad.

El fiscal Fidel Ángel Cadena situaba, en cambio, a García-Pelayo en la cúspide del engaño en Jerez para la firma de esos tres contratos con la supuesta trama criminal dirigida por Francisco Correa para organizar la presencia de Jerez en FITUR 2004. Según el escrito de la Fiscalía, García-Pelayo, indiciariamente, “dictó resoluciones decisorias con conocimiento de su separación clamorosa del derecho”.

El auto de Antonio del Moral califica, sin embargo, de “ creíble” el testimonio de la investigada sobre su desconocimiento de “toda esa trastienda de la que emana un fuerte aroma a irregularidades, tráfico de influencias o decisiones opacas y, dicho castizamente,  caciquiles, resultan no sólo muy verosímiles  sino además sugestivas de acomodarse a lo más probable”.

El caso “Schola Iuris”

El archivo de la causa contra la exalcaldesa y diputada del PP no es la única decisión controvertida del juez Del Moral, que en 2015 anuló una sentencia a un policía que era socio del administrador del centro ‘Schola Iuris’, donde el propio magistrado daba clases.

La información publicada en los diarios del grupo Vocento y firmada por Mateo Balín explicaba el caso en estos términos:

“Este mando policial fue absuelto de los delitos de asociación ilícita y contra la salud pública por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Barcelona. La clave fue la anulación de las escuchas que implicaban a este funcionario y a otros siete guardias civiles, quienes formaban un «extraño maridaje» con los narcos en el que «se entrecruzaban toda suerte de relaciones, compadreos y favores de todo tipo» que exceden «en mucho» de lo que, «desde la ética profesional», es esperable de la necesaria «relación entre policía y confidente», afirmó la sentencia de instancia de 2012. Sin embargo, la Fiscalía del Supremo presentó recurso. El caso lo vio en 2013 un tribunal de cinco magistrados de Sala Penal del Supremo y el ponente del fallo fue el citado Antonio del Moral. En enero de 2014 se declaró nula la sentencia y se dejó en parte sin efecto la apelación del Ministerio Público. El argumento central del juez fue la ausencia de hechos probados y la negativa de la sección a valorar pruebas sin justificación, por lo que devolvió el caso al tribunal catalán para dictar una nueva resolución”.

El caso del Juez Serrano

Otra intervención judicial controvertida del juez del Opus, donde esta vez la religión andaba de por medio, fue en el caso de la condena al juez de Sevilla Francisco Serrano por prevaricación. La Sala de lo Penal del Supremo condenó en 2012 al magistrado por asumir una competencia que no le correspondía y que conocía que era competencia de otro juzgado.

La sentencia del Tribunal Supremo contó con el voto discrepante del magistrado Francisco Monterde, al que se adhirió el también magistrado Antonio del Moral. Ambos entendían que el Supremo debía de absolver al juez de Familia.

Aunque la decisión fue recurrida, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía había condenado al polémico juez Serrano por prevaricación al considerar probado que actuó de manera “negligente” al cambiar el régimen de visitas de un niño para que fuera a una procesión. Serrano acordó el 30 de marzo de 2010 cambiar el régimen de visitas de un menor de edad, con lo que, según el TSJA, actuó de forma imprudente y con “un completo desinterés por el conocimiento exacto de la real dimensión del conflicto” que existía entre los padres divorciados del menor.

(Fuente: andaluces.es / Autor: Antonio Avendaño)

Francisco Campos

Francisco Campos

Nació en Sevilla en 21 de julio de 1958. Trabaja como administrativo. Es autor del libro "La Constitución andaluza de Antequera: su importancia y actualidad" (Hojas Monfíes, 2017).

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