La justicia determina que se siga investigando la muerte de Iliass Tahiri en el Centro de Menores “Tierras de Oria”

A punto de cumplirse un año de la muerte de Ilias Tahiri el pasado 1 de julio en el Centro de Menores “Tierras de Oria”, la Audiencia Provincial de Almería, a través del Fiscal Carlos Castresana Fernández, solicita al juzgado se admita el recurso de apelación interpuesto por la familia del joven fallecido, dando de este modo luz verde para que el caso se siga investigando.

La Fiscalía entiende que “concurren todas las condiciones exigidas por nuestro Código Penal y la jurisprudencia del TS para imputar el resultado de la muerte de Iliass Tahiri a las personas que a sabiendas de los riesgos inherentes a su decisión, y no obstante haber sido advertidos expresamente, aprobaron y dispusieron la aplicación del Protocolo de contención mecánica del CIMI Tierras de Oria en los térninos y en las circunstancias que han quedado expuestas”. Y continúa:

En el caso que nos ocupa, el informe de autopsia nos ayudará a determinar esa idoneidad. La muerte de Iliass Tahiri se produjo por un fracaso cardiocirculatorio causado por una arritmia cardiaca, iniciada o favorecida por:

a. Un cuadro de agitación que ocasioné una hiperactivación simpática o adrenérgica con descarga de catecolaminas.

b. Estrés generado por la contención mecánica en una posición restnctiva, que agravó la descarga de catecolaminas; una de las causas que según el escrito del fiscal “podría haber sido prevenida”.

c. Los fármacos que había ingerido, presentes en sangre, que pueden alterar el ritmo cardiaco.

d. El puente miocárdico de la arteria coronaria izquierda, como sustrato anatómico igualmente susceptible de generar o agravar la arritmia.

Por todo lo expuesto:

SOLICITO DEL JUZGADO, Que teniendo por presentado este escrito, lo admita y tenga al Ministerio Fiscal por adherido al recurso de apelación formulado contra el Auto de 12 de marzo de 2019 por el que se acordó desestimar el recurso de reforma contra el Auto de 29 de enero de 2020, y

A LA SALA SOLICITO, que estime el Recurso de Apelación interpuesto, revocando los dos citados Autos del Juzgado de Instrucción de Purchena, y dictando nuevo Auto por el que se ordene la continuación de la tramitación de las presentes Diligencias Previas para la averiguación de los hechos y la depuración de las responsabilidades a que haya lugar.

OTROSI DIGO: Que habiendo solicitado el Defensor del Pueblo la abolición de los mecanismos de contención fisica a menores, interesa como medida cautelar a prevención, con vigencia inmediata y durante todo el tiempo de la sustanciación la presente apelación, que el Juzgado ordene al Centro de Internamiento de Menores Infractores Tierras de Oria ya la Asociación GINSO la suspensión de la aplicación del Protocolo 9 de Aplicación de Medios de Contención.

OTROSI 2: Que interesa que por parte del Juzgado de Instrucción se remita a la Audiencia Provincial como particulares para la sustanciación de la apelación la integridad de la causa.

OTROSI 3: Que en relación con la personación como acusación popular de la Fundación Ibn Battuta, interesa que se requiera a la misma para que acredite el interés legítimo que invoca y su capacidad económica a efectos de determinar la cuantía de la fianza a imponer.

SOLICITO AL JUZGADO tenga por hechas las manifestaciones anteriores a los efectos legales oportunos.

Fuente: www.lacomarcanoticias.com

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