Un informe remitido con fecha de 20 de agosto – a requerimiento del Sector de Hostelería y Turismo del Sindicato Andaluz de Trabajadores (SAT)– determina que todos los repartidores (”Glovers o riders”) que desde 2018 han venido prestando sus servicios para GLOVO en Granada son trabajadores por cuenta ajena y que, por lo tanto, deben estar contratados por la empresa de reparto como asalariados y cotizando en el Régimen General de la Seguridad Social.
El informe hoy recibido por el sindicato SAT y remitido por el jefe de la Unidad Especializada en el área de Seguridad Social de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS), determina que los trabajadores que prestaban sus servicios hasta ahora para GLOVOAPP23 S.L. como falsos autónomos, deben ser considerados trabajadores y trabajadoras por cuenta ajena, al concluir que en su relación laboral con la empresa concurren los requisitos establecidos por el artículo 1º del Estatuto de los Trabajadores y que establece como ámbito de aplicación del E.T. “Esta ley será de aplicación a los trabajadores que voluntariamente presten sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona, física o jurídica, denominada empleador o empresario.”
En el mismo informe – en el que se constatan varias actuaciones por parte de la empresa para impedir el buen desarrollo de la acción inspectora de la ITSS- se indica que que se ha procedido a comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social, Dirección Provincial de Granada, tanto la inscripción de oficio de la empresa GLOVOAPP23 S.L. en el Régimen General de la Seguridad Social, como el alta de los trabajadores/as que han prestado sus servicios para la misma según el archivo Excel que GLOVO hubo de presentar ante los inspectores de la ITSS.
A la espera de la definitiva acta que determine en todo su detalle las actuaciones y sanciones previstas por la ley, el Sindicato Andaluz SAT comunica que la ITSS ha procedido a extender las preceptivas actas de infracción y liquidación de cuotas del Régimen General de la S.Social por falta de alta y cotización de los glovers o repartidores de GLOVO y que deberán ser abonadas por la empresa.
Granada 26 de agosto del 2019.
Por el Sector de Hostelería y Turismo del SAT
Antonio J. Gil Cunquero
( Más información en: 693854017)
Secretario de acción sindical.
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