Galiza: Absueltos los 12 independentistas acusados ​​de “exaltar el terrorismo” en la ‘Operación Jaro’

La Audiencia Nacional absolvió a los 12 independentistas imputados en la ‘Operación Jaro’ y para los que el Ministerio Público pidió más de 100 años de prisión, según Eldiario.es en una información de Daniel Salgado . Esto pone punto y final a un proceso que duró más de 5 años y en el que sufrió incluso la legalización de Causa Galiza y Ceivar.

Un total de 102 años de prisión para los 12 militantes de Causa Galiza y Ceivar  imputados como consecuencia de la Operación Jaro I y Operación Jaro II fue la solicitud de la Fiscalía que ahora les imputa “pertenecer a la organización criminal por la comisión de delitos de exaltación del terrorismo”. Las condenas oscilan entre 4 y 12 años de prisión.

En conversación con Nós Diario tras conocer la absolución, José Antom González Maceiras, ‘ Muros ‘, uno de los imputados, afirmó que “la justicia ha hecho justicia”. Entusiasmado, el independentista bromeó diciendo que hoy el independentismo “dejó caer el Premio de la Navidad Gorda” y destacó que las acusaciones realizadas por la Fiscalía no fueron sustentadas. 

En la sentencia, los magistrados Alfonso Guevara, María Teresa García y Ana María Rubio absolvieron a los doce militantes gallegos de todas las acusaciones y rechazaron la disolución de Causa Galiza y Ceivar , según lo solicitado por el Ministerio Público.

El juzgado considera que y “ante la ausencia de un movimiento terrorista efectivo de carácter terrorista efectivo en el desarrollo” de las supuestas acciones de “exaltación” atribuidas a la Causa Gallega y Ceivar y “no probada la existencia de un llamado a la violencia” por parte de ellos, no se puede concluir que existió un “propósito criminal”.

También dictaminó que no quedó probado que Causa Galiza “tuviera una relación, personal o institucional, con el grupo denominado Resistencia Galega , algunos de cuyos integrantes habían sido condenados por actividades terroristas”. La Cámara tampoco considera creíble que uno de los fines de la asociación fuera ensalzar o justificar las acciones llevadas a cabo por la Resistencia Gallega o por alguno de sus miembros.

En cuanto a Ceivar , explica que se creó para brindar todo tipo de apoyo a los presos condenados por su militancia independentista y, al igual que con Causa Galiza, la sentencia establece que no se probó que Ceivar tuviera parentesco con Resistencia Galega y que su finalidad era exaltar su actuación, “sin perjuicio de que algunos de sus miembros participen en actos de acogida de presos condenados por actividades violentas o terroristas, o para exigir su acercamiento a las cárceles gallegas”.

Rechaza la disolución de Ceivar y Causa Galiza

Los magistrados afirman que a pesar del informe presentado por el Ministerio Público para sustentar su pretensión de condenar a los tribunales por “exaltación”, estas organizaciones “no tenían tal fin como objetivo social sino los definidos en sus respectivos estatutos y a los que no nos referimos cuenta fáctica “, por lo que su disolución no encaja.

“Es innegable que ambas asociaciones están inmersas en el terreno de la lucha independentista encarnada en muchos movimientos que se han producido en los últimos años en el territorio de la comunidad autónoma”, dijeron los magistrados, que sin embargo entienden que su fin no es ” realizar actos de exaltación con relevancia criminal “.

Además, considera que la orientación política de Causa Galiza merece amparo constitucional.

Para el tribunal, la acción que se les imputa -la de recordar o recibir a ciertos activistas independentistas que murieron en el curso de una acción armada o que cumplieron su condena y fueron liberados acompañándolos en su recepción- no puede ”. se considera integrador de un propósito de exaltación del terrorismo que conduce a la calificación de organización criminal ”.

Fuente: Nos Diario

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