Galiza: En libertad el ex preso de la izquierda independentista Antom Santos. Recibimiento en Compostela (Video)

Santos

Tras 5 años de secuestro y dispersión, el preso de la izquierda independentista de Resistencia Galega Antom Santos se encuentra en libertad en su tierra. Así fue el acto de bienvenida que se llevó a cabo en Compostela, en el centro social Gentalha do Pichel. (Ver vídeo al final).

(Fuente: Galiza Contrainfo)

Consecuencia de una Aceptación parcial de recurso

La sala de lo penal del Tribunal Supremo rebajó el pasado 5 de abril las penas de prisión, de siete años y nueve meses hasta cinco años y cinco meses, a dos miembros del grupo Resistencia Galega: el profesor Antón Santos y su pareja, María Osorio. Ambos fueron ueron detenidos en diciembre de 2011 en su domicilio de la Rúa Sanxillao de Lugo, ven condenados a una pena inicial de 10 años por la Audiencia Nacional en 2013 por participación en organización terrorista y falsificación documental. Como consecuencia ahora han quedado en libertad tras finalizar la condena.

El Supremo, según el fallo divulgado entonces en dicha fecha sentención aceptar de manera parcial el recurso de varios condenados por participación en organización terrorista. La sala aplica el artículo 579 bis 4 del Código Penal, introducido por Ley en 2015, que permite a los tribunales reducir en uno o dos grados las penas por delitos de terrorismo cuando los hechos sean objetivamente de menor gravedad en función del medio empleado o el resultado producido.

Tras la primera revisión de condena por parte del Supremo, en abril de 2014, a ambos se les impusieron seis años de prisión por delito de participación en organización terrorista y un año y nueve meses por delito de falsedad documental. Ahora esa pena es rebajada a una de cuatro años y tres meses por el primer delito y un año y dos meses por el segundo. Y es que el Supremo revoca un auto de la Audiencia Nacional, de 20 de julio de 2016, que había denegado aplicar la nueva atenuante prevista en el citado artículo del Código Penal a estos dos acusados, y a un tercer condenado en la misma causa, Roberto Rodríguez Fiallega.

Este último fue condenado por los mismos dos delitos y además por tenencia de explosivos con finalidad terrorista, por lo que suma trece años y nueve meses, una condena que no se ha reducido de esta vez (sí en abril de 2014), aunque uno de los magistrados, Luciano Varela, ha emitido un voto particular porque considera que se debería haber hecho.

El Supremo aplicó la atenuante a María Osorio y Antón Santos al explicar que, en lo relativo a su integración en organización terrorista, su participación es “tremendamente dispar” a la de Roberto Rodríguez. “En el domicilio de estos condenados se encontraron textos de independentismo radical, algunos litros de gasolina y una documentación que -se dice- identifica posibles objetivos terroristas y su planificación cronológica, pero sin singularizarse cuál era su concreto contenido”, relata la sentencia.

El documento agrega que “su participación queda así abierta a acciones de mucha menor lesividad del bien jurídico” porque “parece apuntar a funciones de propaganda y a la mera identificación de unos objetivos que tampoco se excluye que se limitaran al vandalismo urbano”.

Sobre la falsedad documental argumenta que “es evidente su autoría, en la medida en que en el registro efectuado en casa de Roberto Rodríguez, se incautaron sendos documentos nacionales de identidad y permisos de conducir” con fotografías de los recurrentes. Sin embargo, “no consta probado que los documentos estuvieran todavía a su disposición, ni puede atribuírseles una finalidad terrorista más grave que la que apunta su propia participación en la banda”, concluyen los magistrados.

(Fuente: Diario de Pontevedra)

Para conocer en mayor profundidad el contexto de la represión contra la izquierda independentista revolucionaria galega, dentro del cual se sitúa el encarcelamiento de Santos, reproducimos un artículo al respecto aparecido en Rebelión el pasado diciembre:

Cinco años de represión y criminalización del independentismo gallego

Entre el 30 de noviembre y el 2 de diciembre de 2011, se desplegaba en Galiza una operación policial en la que fueron detenidos y encarcelados cuatro militantes independentistas gallegos, Eduardo Vigo, Roberto Rodríguez, Maria Osorio y Antom Santos, acusados de pertenecer a una supuesta banda armada, «Resistência Galega».

Comenzaba así una nueva estrategia mediática y judicial en la que los medios de comunicación retransmitieron las detenciones casi en directo y se hicieron eco del relato policial emanado del Ministerio del Interior. A fin de justificar la suspensión de las mínimas garantías legales de la ley antiterrorista, los medios construyeron un discurso que pretendía alertar sobre un «rebrote terrorista» en Galiza, mediante hiperbólicos relatos que criminalizan a los prisioneros y, a través de ellos, al movimiento independentista gallego.

Juicio político

A tan sólo unas semanas del proceso judicial, el subdelegado del Gobierno español en Galiza, Samuel Juárez, declaraba en una entrevista: «Resistência Galega es una organización terrorista». Estas declaraciones fueron refrendadas el 25 de junio –cuando se estaba celebrando el juicio­‒ por el secretario de Estado, Francisco Martínez, quien además manifestó: «espero que la Audiencia Nacional lo considere así». El carácter político del juicio quedó en clara en evidencia.

En septiembre de 2013, la Audiencia Nacional española consideró probada la existencia de un grupo terrorista en Galiza y condenó a los cuatro activistas a penas de entre 10 y 18 años de prisión, así como 10 años de libertad vigilada, por pertenencia a banda armada, falsificación de documentos y tenencia de explosivos. La brutalidad de estas condenas provocó una respuesta de solidaridad y denuncia por parte de los colectivos y organizaciones políticas nacionales a la que se sumaron, por primera vez, desde la izquierda institucional, BNG, Anova, AGE y Esquerda Unida.

A través de esta sentencia el Gobierno español aplicó, por primera vez, la nueva ley antiterrorista, basada en lo que se ha denominado «derecho penal del enemigo», ya no se castiga por las acciones cometidas, sino por las que se pueden llegar a cometer. Con este nuevo marco legal, la definición de terrorismo se abre hasta tal punto que permite convertir automáticamente a la disidencia política en enemiga del Estado y amenaza del orden constituyente, es decir, se considerará terrorista a todo aquel que cuestione el sistema capitalista impuesto por el gobierno español de turno.

En este sentido, el Organismo Popular Anti-repressivo Ceivar alertó en 2013 que esta sentencia abría la veda para iniciar una «cacería de militantes de todo tipo de organizaciones que hasta ahora operaban legalmente y que, a corto plazo, podían ser etiquetadas como partes de un supuesto “organigrama terrorista”, ilegalizadas y perseguidas».

Cacería de militantes e ilegalización

Durante estos cinco años, se han producido numerosas detenciones que perseguían diferentes fines. Más de treinta personas han sido acusadas de «enaltecimiento del terrorismo» por ejercer su derecho a la solidaridad con las personas represaliadas. Además, en el periodo previo al juicio, varios militantes independentistas fueron detenidos para justificar un supuesto organigrama terrorista, por ejemplo, Júlio Saiáns fue procesado en 2012 por financiación del terrorismo, acusado de ser «el “tesorero” de Resistencia Galega». Aunque finalmente las causas hayan sido archivadas, los medios de comunicación, si bien relataron y sobredimensionaron las detenciones haciendo caso omiso de la presunción de inocencia, no reseñaron que las causas fueron archivadas, en un nuevo ejercicio de desinformación y manipulación mediática.

En 2014, la Audiencia Nacional española ordenaba la detención de nueve militantes de la organización política Causa Galiza, bajo la acusación de «integración en banda armada» y «enaltecimiento del terrorismo», que finalmente fueron puestos en libertad condicional con cargos y medias cautelares y que actualmente están a la espera de juicio. Además, se ilegalizó la actividad pública de Causa Galiza durante dos años.

Al fuerte dispositivo policial que sacó a nueve militantes de sus casas a punta de metralleta para trasladarlos a Madrid, se le sumaron las voces de políticos del Partido Popular acompañadas del aparato mediático con noticias y titulares sensacionalistas. Un ejemplo más de cómo el entramado político, judicial y mediático español trabaja conjuntamente con el objetivo de criminalizar y destruir a la disidencia política, ensañándose con los movimientos independentistas y soberanistas que cuestionan el orden territorial español.

Continúa violación de los derechos

Desde el momento de sus detenciones, a los presos y presas independentistas se les aplica la ley antiterrorista que conlleva medidas excepcionales e ilegales como la prisión preventiva, el empleo de tribunales excepcionales, la clasificación FIES (Ficheros de Internos de Especial Seguimiento), la política de dispersión o el régimen de primer grado carcelario.

Durante estos cinco años, las presas y presos independentistas han tenido que afrontar constantes cambios de cárceles alejadas de su territorio, como es el caso de Eduardo Vigo que ha pasado por distintas prisiones: Navalcarnero (626 km), Córdoba (875 km), Mansilla de las Mulas (237 km) u Ocaña (674 km). Además, el régimen penitenciario de primer grado obliga a pasar meses de aislamiento sin más contacto que los carceleros, situación actual que padece Roberto Rodríguez, o agresiones como la que vivió Antom Santos en Dueñas y Aranjuez, que terminaron con el caso archivado.

En las últimas semanas, las presas y presos independentistas iniciaron una campaña que reclama su traslado a cárceles en Galiza, para poner fin a la política de la dispersión que supone un castigo añadido no sólo para las personas presas, sino para sus familias y amistades. A pesar de que el derecho a cumplir la pena en una cárcel próxima a su domicilio está reconocido en la legislación española, se les ha negado sistemáticamente a los presos y presas políticas. En este sentido, la asociación Que voltem para a casa! informa de que, sólo en 2016, las familias y amistades han tenido que recorrer 272.892 km y encarar un gasto que se eleva a 35.948 euros, para poder visitarlos durante 40 minutos una vez a la semana.

Estas medidas excepcionales han sido fuertemente criticadas por la normativa internacional. En este sentido, el Comité Europeo de Derechos Humanos, así como el Comisionado Especial de Naciones Unidas contra la Tortura, instaron en varias ocasiones al Estado español para que «erradique por completo la figura de la incomunicación ya que facilita que se cometan actos de tortura y malos tratos», y denunciaron la dispersión penitenciaria como «un obstáculo práctico para la preparación de la defensa» y un castigo para el entorno social.

Actualmente el saldo de esta represión estatal, iniciada en el año 2011, es de cinco militantes presos bajo medidas excepcionales de dispersión, aislamiento e incomunicación, y 9 procesados a la espera de juicio en libertad provisional. Además, el movimiento independentista ha tenido que afrontar una combinación de represión de baja y alta intensidad: duras sanciones económicas, intentos de infiltración policial, identificaciones constantes, numerosas detenciones­, registros de centros sociales o ilegalización de organizaciones políticas.

(Fuente: Rebelión)

 

Francisco Campos

Francisco Campos

Nació en Sevilla en 21 de julio de 1958. Trabaja como administrativo. Es autor del libro "La Constitución andaluza de Antequera: su importancia y actualidad" (Hojas Monfíes, 2017).

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