El TSJA condena a Faisem por contratar “en fraude de ley” en una sentencia que podría afectar a 170 trabajadores
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la sentencia del Juzgado número 7 de Granada que obliga a la Fundación Pública Andaluza para la Integración Social de Personas con Enfermedad Mental (Faisem), dependiente de la Consejería de Salud y Familias, a convertir en trabajadores indefinidos no fijos a siete eventuales en la provincia de Granada. De esta forma, el alto tribunal andaluz abre camino a más de 170 trabajadores en todo el país andaluz, que podrían reclamar también su condición de empleados indefinidos de la Fundación.
FAISEM es una fundación pública que gestiona los recursos de apoyo social a personas con dependencia y discapacidad derivada de padecer trastornos mentales graves. Fue creada en 1993, a instancias del Parlamento de Andalucía. En la actualidad agrupa 1.600 trabajadores en áreas de actividad como: residencial; laboral; ocupacional; soporte diurno; arte, cultura y deportes; ocio; fomento de entidades tutelares; atención a personas en situación sin hogar; atención a personas en situación de privación de libertad, etc.
Según informa CCOO, el fallo es fruto de un largo proceso de más de cinco años iniciado por una resolución de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Granada, a raíz de una denuncia interpuesta por los representantes sindicales de CCOO en Faisem. El fallo del alto tribunal andaluz establece que “la contratación con contratos eventuales de estos trabajadores está en fraude de ley por tratarse de empleos estructurales permanentes en el tiempo”. También rechaza que el recurso a la contratación temporal esté amparado por los límites presupuestarios y de incorporación de personal al sector público, dado que estos puestos de trabajo se ocupan desde antes de 2012 y, por tanto, “no se está en presencia de nuevas contrataciones, sino de puestos de trabajos ya creados y dotados presupuestariamente, donde lo único que cambia es la naturaleza jurídica del vínculo laboral que pasa de ser temporal a indefinido”.
Fuente: www.actasanitaria.com
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