El Tribunal Constitucional no admite a trámite el recurso del rapero Valtònyc y lo aboca a ingresar próximamente en prisión

valtonyc

Tras la decisión del máximo órgano judicial del Estado Español, el cantante ha dado por hecho que la próxima semana la Audiencia Nacional dictará su ingreso inmediato en prisión para cumplir los tres años y medio a que fue condenado por el contenido de una canción.

El Tribunal Constitucional ha decidido no admitir a trámite el recurso que había presentado el rapero mallorquín Josep Miquel Arenas (Valtonyc) contra su ingreso en prisión, después de que el Tribunal Supremo ratificara la condena a tres años y medio de prisión que en febrero del año pasado le impuso la Audiencia Nacional española por delitos de enaltecimiento del terrorismo, humillación de las víctimas, injurias a la corona y amenazas.

Así lo han confirmado el representante del cantante de la Pobla, Loren D., a través de un tuit en Twitter, en la que deja claro que la decisión del Constitucional de no estudiar el recurso cierra la puerta a cualquier posibilidad de eludir la prisión.

Igualmente, desde el Grupo de Apoyo a Valtònyc, mediante un comunicado, lamentan que “la más alta instancia jurídica del Estado ni siquiera haya entrado a valorar la flagrante vulneración del derecho a la libertad de expresión y a la libre creación artística”, en referencia a que Valtònyc fue condenado por el contenido de la letra de una de sus canciones,”Circo balear”.

La acusación particular la encabezó Jorge Campos Asensi, presidente de la entidad blavera y anticatalanista Circulo Balear, ahora convertida en el partido político Actúa. El comunicado recuerda que a partir del próximo lunes, en cualquier momento, la Audiencia Nacional puede dictar orden de ingreso inmediato en prisión contra el rapero, ya que el domingo expiraba la moratoria de un mes dictaminada por la misma Audiencia Nacional para dar tiempo al Tribunal Constitucional a estudiar la adminissió del recurso de amparo presentado por Valtònyc.

Con todo, desde el grupo de apoyo al rapero se hace una lectura positiva de la rápida decisión del Tribunal Constitucional, y es el hecho de que permite abrir la vía de recurrir el caso al Tribunal Europeo de Estrasburgo, en el que se asegura tener más esperanza de que en la administración de justicia del Estado español.

La plataforma de apoyo al rapero ha difundido a través de las redes sociales la noticia. En el texto afirman que la decisión “abre la puerta para recurrir ante el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo”, ya que el rechazo es “muestra de nivel de la baja calidad de la justicia española que no nos sorprende”.

Valtonyc fue condenado por la Audiencia Nacional en febrero de 2017 a 3 años y medio de cárcel por tres delitos (enaltecimiento del terrorismo, calumnias e injurias graves a la Corona y amenazas), si bien la pena a la que se le sentenció por cada una no sobrepasó los 2 años de prisión.

La Plataforma en Defensa de la Libertad de Información (PDLI) ya se posicionó cuando la condena fue confirmada por el Supremo afirmando que “España tiene una legislación fuera de los parámetros internacionales sobre libertad de expresión suscritos por nuestro país”.

Joan Barata, jurista experto en Derecho Internacional y miembro de la PDLI explica las tres razones por las que la prisión del rapero atenta contra la libertad de expresión.

“En términos generales, la privación de libertad o incluso el uso del derecho penal para perseguir meras expresiones o ideas (libros, canciones, etc.) constituye de por sí una medida desproporcionada y por consiguiente expresamente condenada por parte de los organismos relevantes de Naciones Unidas, el Consejo de Europa y el propio Tribunal Europeo de Derechos Humanos”, declara Barata.

El jurista afirma que “el Tribunal de Derechos Humanos tiene una jurisprudencia muy clara y sólida (reflejada, entre otros, en un caso contra España, precisamente, por supuestas calumnias al Rey), en virtud de la cual los ordenamientos no pueden otorgar una protección especial y cualificada a sus cargos e instituciones más importantes, sino más bien al contrario, permitir un mayor grado de crítica e incluso ataque por tratarse de instituciones públicas que deben encontrarse sujetas al cuestionamiento y escrutinio ciudadano en el marco de una democracia”.

Por último, Barata señala que el uso de tipos delictivos relacionados con el terrorismo “sólo es aceptable cuando la expresión correspondiente pueda ser efectivamente ligada a una voluntad y efecto de dar lugar o provocar acciones terroristas. Expresiones genéricas de deseos u otra forma de provocación en este terreno, por más ofensivas y reprobables que puedan ser consideradas por determinados sectores de la población no pueden ser perseguidas sin incurrir en el riesgo de crear un ambiente de intimidación en aquellos que quieren expresar opiniones extremas, provocadoras e incluso chocantes, las cuales deben ser plenamente protegidas en el seno de una sociedad plural y democrática”.

(Fuentes: El Salto / Público)

Francisco Campos

Francisco Campos

Nació en Sevilla en 21 de julio de 1958. Trabaja como administrativo. Es autor del libro "La Constitución andaluza de Antequera: su importancia y actualidad" (Hojas Monfíes, 2017).

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