TSJA apercibe al alcalde de Carboneras (PSOE) para que cumpla sentencia sobre El Algarrobico

Frente a los intereses de la burguesía inmobiliaria y las multinacionales de la industria turística los políticos en Andalucía solo saben agachar la cabeza. Incluso si para ello tienen que darle largas al poder judicial. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha apercibido al alcalde del municipio de Carboneras (Levante Almeriense), José Luis Amérigo, con imponerle “multa coercitiva de 250 euros” a la semana hasta que dé “perfecto cumplimiento” a la sentencia que le obliga a calificar como no urbanizables los suelos de El Algarrobico y El Canillar en el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU).

La providencia, de 8 de julio y consultada por Europa Press, requiere “personalmente” a Amérigo (PSOE) ya que la sala considera que “no ha sido cumplida” la resolución de mayo en la que reclamó “certificación” municipal en la que se “hiciera constar” si ambos sectores urbanísticos “figuran o no” en el PGOU como suelo no urbanizable.

El alto tribunal acuerda dar trámite de alegaciones al alcalde carbonero para que, en el plazo de diez días, “pueda manifestar lo que tenga conveniente” sobre la “posibilidad” de que le sea impuesta “multa coercitiva de 250 euros cada semana hasta dar perfecto cumplimiento” a la citada resolución. El TSJA se reserva, asimismo, la posibilidad de deducir testimonio de particulares “para exigir la responsabilidad penal que pudiera corresponder” por esta actuación.

La providencia de 16 de mayo se dictó en el marco de la ejecución de la sentencia de 2016 que concluyó que los parajes del Algarrobico, donde se levanta el polémico hotel de Azata del Sol y el Canillar, también propiedad de la promotora, son “suelo no urbanizable de especial protección” de acuerdo a la normativa ambiental que rige en el parque natural de Cabo de Gata-Níjar.

Greenpeace ya advirtió en septiembre de 2021 al Alto tribunal andaluz de que la modificación del planeamiento urbanístico de Carboneras que califica El Algarrobico como suelo no urbanizable de especial protección y que aparecía publicada en el BOP no tenía “valor alguno”, y subrayó que se trataba de una “maniobra municipal” para “eludir” la acción de la justicia.

Recordó que la sala requirió al ayuntamiento para que anulase los sectores urbanísticos ST-1, donde se asiente el hotel de Azata del Sol, y ST-2 o El Canillar, y que lo que se publicó en BOP fue una “dación de cuentas” de la citada modificación que, sin embargo, no había sido “aprobada provisionalmente por el pleno” de la corporación local, requisito para que pueda ser inscrita en el Registro General de Planeamiento de la Junta de Andalucía. .

En el edicto publicado en BOP el 16 de septiembre de 2021, el Ayuntamiento refiere el pleno extraordinario que se celebró en enero en el que la corporación local “tomo conocimiento” de esta modificación de la normativa urbanística y en el que se dio cuenta de que se había remitido el expediente completo a la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía en Almería “por ser el órgano competente para su aprobación definitiva e inscripción en el Registro de Planeamiento”.

Fuente: Andalucía Información.

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Francisco Vílchez

Andaluz de Granada (1980). Grado en Humanidades en la UGR. Pluriempleado en el sector servicios y aficionado a hablar de lo que la prensa no dice ni pío.

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