Los varapalos judiciales obligan a la Junta a cambiar su política urbanística
Tras numerosas sentencias judiciales ganadas por la organización Ecologistas en Acción, el Consejo de Gobierno de la Junta ha aprobado el Decreto-ley 31/2020 que obligará a reiniciar la tramitación de numerosos planes urbanísticos al no haberse sometido a la preceptiva Evaluación Ambiental Estratégica (EAE), según establece la normativa europea y estatal. Es una decisión de gran trascendencia, que desmonta la fraudulenta política ambiental aplicada a los planes urbanísticos desde 2007.
Esta decisión se adopta tras varias sentencias de la Sala de lo Contencioso Administrativo de Sevilla y Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que establecen que el procedimiento ambiental aplicado por la Junta de Andalucía a los planes urbanísticos no se ajusta a la Directiva Europea 2001/42/CE que regula la EAE de planes y programas, ni a la ley estatal que la traspone. Las sentencias más recientes ganadas por Ecologistas en Acción por aplicación incorrecta de la EAE son: en enero de 2019 el TSJA anuló una modificación del Plan Especial de Cobre Las Cruces (Sevilla) y el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Jaén, en marzo de 2020 anuló el PGOU de Chiclana (Cádiz) y en septiembre de 2020 anuló una modificación del PGOU de Sanlúcar La Mayor (Sevilla).
De hecho, la Junta de Andalucía ha venido inventando todo tipo de artificios legales para intentar eludir la aplicación de la EAE de obligado cumplimiento en todas las Comunidades Autónomas.
El PSOE promovió en 2007 la aprobación de la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (LGICA), en la que excluyó a los planes urbanísticos de someterse a la EAE, vulnerando la normativa europea que ya era de aplicación obligada desde 2004. Ese instrumento de EAE obliga a motivar las propuestas y evaluar ambientalmente todas las alternativas posibles, y a tener siempre en cuenta la participación ciudadana, desde el inicio de la tramitación de los planes.
Sin embargo, en plena burbuja inmobiliaria, el gobierno de la Junta optó por anteponer los intereses especulativos, y la corrupción que generó, a la aplicación de normas estatales y europeas. La anulación del PGOU de Marbella por el Tribunal Supremo en octubre de 2015 fue el primer aviso a este urbanismo tramposo.
La Junta se vio obligada a realizar un cambio legislativo, incluyendo en la Ley 3/2015 la obligación de someter a los nuevos planes urbanísticos a EAE. Pero de nuevo quiso hacer trampas, incluyendo una disposición que pretendía salvar los 450 planes que estaban en tramitación, dando por válido el anterior procedimiento ambiental defectuoso establecido en la LGICA, a pesar de que era manifiestamente contrario a la normativa europea y estatal, ya que no se habían sometido a la obligada EAE.
La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del PSOE, y más recientemente la de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible del PP, han seguido con la política de sostenella y no enmendalla. Las consecuencias son evidentes, continuos varapalos judiciales que ponen en cuestión toda la política urbanística de la Junta de Andalucía en estos últimos 13 años, y evidencia su desastrosa gestión de la prevención ambiental.
En septiembre de 2015 Ecologistas en Acción advirtió al entonces Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, José Fiscal (PSOE), y a la Comisión Parlamentaria que tramitaba la Ley 3/2015 del desastre ambiental que se avecinaba, advertencia reiterada en otras muchas ocasiones en los siguientes meses y años en todas y cada una de las alegaciones presentadas en la tramitación ambiental de planes urbanísticos. En todos los casos desoídas. El anterior Gobierno de la Junta del PSOE optó por una huida hacia adelante, primando la aprobación de planes urbanísticos especulativos por encima de la legalidad y de la garantía de evaluación ambiental de los mismos. El resultado ha sido la anulación en cascada de todos esos planes aprobados sin haber sido sometidos a una auténtica EAE.
Por eso, la Junta de Andalucía ha optado por la mayor, derogar una parte de la Ley 3/2015. Una decisión acertada que viene a tumbar los artificios legales del PSOE para promover un urbanismo especulativo sin una verdadera EAE.
El nuevo Decreto-ley 31/2020 anula la Disposición Adicional Tercera (DA3) de la Ley 3/2015 que permitió a los planes urbanísticos que en 2015 estaban en trámite, seguir incumpliendo la Ley 21/2013 estatal y la Directiva 2001/42/CE en materia de EAE. Y establece que todos esos planes que actualmente sigan en tramitación deberán reiniciarse desde el principio, y los que hayan obtenido la Declaración Ambiental Estratégica (DAE), se les denegará la aprobación definitiva, anulándose todas las DAEs aprobadas fraudulentamente.
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