La propia Amnistía Internacional lamenta el «maquillaje» de la Ley Mordaza que prepara el gobierno
La reforma propuesta de la Ley de Seguridad Ciudadana por parte de la coalición de gobierno está más cerca de un maquillaje de la versión actual de la norma que de una derogación de sus artículos más preocupantes para la libertad de reunión expresión e información. Es la conclusión de Amnistía Internacional España tras analizar el acuerdo de reforma entre los partidos de Gobierno de la conocida como “Ley Mordaza” que se debatirá en el Congreso a principios del año que viene.
La organización alerta de que, de aprobarse el actual borrador, el derecho a la protesta pacífica y la libertad de expresión seguirían gravemente amenazados al no modificar en profundidad o eliminar los artículos que de manera recurrente han afectado gravemente al ejercicio de estos derechos, y al no establecer mecanismos independientes de supervisión de la actuación policial.
Desde la aprobación de la Ley en 2015 hasta diciembre 2019, se impusieron cerca de 200.000 sanciones en base únicamente a dos artículos: resistencia, desobediencia o negativa a identificarse» (36.6) y «faltas de respeto a la autoridad» (37.4), suponiendo el 70% del total de sanciones impuestas en materia de seguridad ciudadana. Ninguno de estos artículos es abordado por el acuerdo de PSOE y Unidas Podemos para la reforma de la norma, ni tampoco por la Proposición de Ley que se está tramitando.
“Frente a lo anunciado por diferentes miembros del Gobierno, la propuesta actual no aborda los aspectos más preocupantes de la Ley de Seguridad Ciudadana. En caso de que no se introduzcan mejoras nítidas, en línea con los estándares de derechos humanos, en su tramitación parlamentaria, la protesta seguirá amordazada en nuestro país”, denunció Esteban Beltrán, director de Amnistía Internacional España.
Para la entidad, la propuesta de reforma no reduce los amplios poderes discrecionales de las fuerzas y cuerpos de seguridad. Y al no establecer tampoco adecuados mecanismos de control y rendición de cuentas, continuaría abriendo la puerta a actuaciones arbitrarias, como ha venido constatando Amnistía Internacional desde la entrada en vigor de esta Ley, con el efecto desmovilizador de la protesta que ello conlleva. Además, seguiría sin atender a las advertencias de la ONU o las recomendaciones del dictamen de la Comisión de Venecia del Consejo de Europa, que instó a España a reformar la ley de Seguridad Ciudadana «por su potencial represivo».
Avances insuficientes
Amnistía Internacional sí reconoce algunos aspectos positivos en el acuerdo para la reforma, como la no sanción por falta de comunicación previa de manifestaciones “ante un acontecimiento de indudable repercusión social que no admita demora”. En todo caso, se trata de una definición muy restringida de manifestación espontánea, y se posibilita la sanción a los organizadores si se causa “alteración del orden público”. Esto contradice las directrices de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE), que establecen que no debe responsabilizarse a los organizadores de una reunión por las acciones de otros participantes.
Además, la organización valora positivamente que “deberán desarrollarse protocolos sobre uso de la fuerza y material antidisturbios”, aunque no se establece que deban ser públicos, así como la obligación de “utilizar siempre los medios menos lesivos” y evitar “aquellos que causen lesiones irreparables”, si bien Amnistía Internacional reitera su petición de que se prohíba expresamente el uso de las pelotas de goma, que son altamente imprecisas y no se ajustan a los estándares internacionales sobre uso de la fuerza.
Amnistía lamenta que no se elimine el artículo 36.11, cuya aplicación supone que las mujeres que ejercen voluntariamente el trabajo sexual y las víctimas de trata se vean obligadas a ejercer la prostitución en lugares aislados, expuestas por tanto a mayores peligros de abusos y con menos posibilidades de pedir protección a las autoridades.
Asimismo, Amnistía lamenta que el Gobierno no aproveche esta reforma para eliminar la aparente cobertura legal dada por la Ley de Seguridad Ciudadana a las conocidas como devoluciones en caliente, y se limite a derivar esta cuestión a la reforma de la Ley de Extranjería. En un informe de mayo de este año, el Relator de Naciones Unidas sobre los derechos de las personas migrantes se hizo eco de estas prácticas y mostró su preocupación por los obstáculos puestos por España al acceso al asilo a través de la creación de “zonas de excepción”, un espacio entre las diferentes vallas de Ceuta y Melilla que España no reconoce como territorio propio, pero en el que de hecho operan fuerzas de seguridad practicando expulsiones a Marruecos.
Garantías para manifestantes
Para Amnistía Internacional una Ley de Seguridad Ciudadana que haga honor a su nombre debe, ante todo, garantizar los derechos de las personas que alzan la voz, expresan sus desacuerdos con políticas gubernamentales y defienden sus derechos reuniéndose de forma pacífica, y no se vean afectados por actuaciones arbitrarias de las fuerzas de seguridad. Para ello, es necesario también que las actuaciones policiales puedan ser documentadas tanto por periodistas como por la ciudadanía en general, algo que, si la actuación es adecuada, no debe suponer ningún perjuicio para los agentes, por lo que la organización reclama la eliminación del artículo 36.23, que en el proyecto de ley solo se modifica parcialmente. Además, Amnistía Internacional ha documentado denuncias policiales contra activistas o periodistas que han demostrado ser infundadas o falsas, sin sanción posterior para los agentes, lo que refuerza la impunidad de sus acciones y abre la puerta a futuras acciones ilegales.
“Si se lee con atención, se comprueba que este proyecto de reforma mantiene el poder casi omnímodo de intervención de las fuerzas y cuerpos de seguridad en manifestaciones y reuniones públicas para, sin mecanismos de control, limitar injustificadamente la libertad de expresión, de información y de protesta pacífica”, defendió Beltrán.
En este sentido Amnistía Internacional, reconociendo la legitimidad de las actuaciones policiales y la dificultad de los retos que afrontan las fuerzas de seguridad, recuerda que durante el Estado de Alarma éstas actuaron en muchas ocasiones con arbitrariedad, aplicando la Ley Mordaza con un enfoque principalmente coercitivo, sin criterios claros de actuación, especialmente con las personas más vulnerables.
La mejor prueba de que la Ley de Seguridad Ciudadana merece una reforma que garantice avances en derechos humanos son los casos de personas que han visto vulnerado sus derechos La organización ha publicado varios informes y numerosos comunicados mostrando cómo la Ley Mordaza ha consolidado el deterioro de la libertad de información, expresión y reunión pacífica. Estos son solo algunos de los casos que Amnistía Internacional ha documentado en los últimos meses:
• Álex era un joven de 17 años cuando en abril de 2020 salió de casa a tirar la basura. Se alejó de casa y unos policías lo vieron. Cuando vio a los agentes, salió corriendo. Los policías fueron tras él, lo redujeron y le hicieron daño en su mano izquierda. Álex tiene discapacidad intelectual, motora y visual, con una minusvalía reconocida del 68%. Al ser detenido dio unos datos falsos por miedo a enfadar a su madre, que le buscó durante horas por las calles hasta que pudo encontrarle en comisaría. Al llegar explicó la situación de su hijo y pidió disculpas a los agentes. A pesar de que le dijeron que no le sancionarían, el expediente está en marcha.
• El pasado marzo el colectivo Apostasía Feminista comunicó a la Delegación del Gobierno de Madrid una concentración de 14 personas frente al Arzobispado, quien les respondió que al ser menos de 20 personas no necesitaban realizar la notificación. Al llegar a la concentración, la policía pidió identificarse a la mayoría de las asistentes. Una de ellas, Marian, preguntó el motivo, a lo que los agentes se limitaron a contestar que “era su obligación”. Finalmente el policía dijo a Marian que si no le daba la documentación, la iba a detener. Ante esto, Marian entregó su DNI, y cuando se lo devolvieron, más de media hora después, le entregaron una propuesta de sanción por infracción del art. 36.6 de la LOSC, sobre negativa a identificarse.
• Periodistas. En mayo de 2019 Íñigo Ordua, reportero de ahotsa.info, fue sancionado con 800€ por la Delegación del Gobierno de Navarra. En enero de ese año, cubría el desalojo del Gaztetxe Maravillas. Íñigo grabó a la policía haciendo uso de la fuerza para desalojar la vía pública. Según la versión policial, no habría hecho caso a la orden de que se retirara de la línea del cordón policial, pero él asegura que estuvo ejerciendo su profesión de periodista y que fue después de la carga cuando los policías le pidieron que se identificara para ser multado.
Jon Hidalgo, periodista de Hala Bedi, sufrió el 8 de mayo de 2020 la requisa temporal de su teléfono móvil mientras se encontraba grabando el desalojo en Vitoria-Gasteiz por parte de la Ertzaintza del local ocupado por el movimiento feminista Talka. Jon contó a Amnistía Internacional que tuvo que identificarse y acreditar ser periodista, y por tanto trabajador esencial a efectos del estado de alarma. Uno de los agentes ordenó a Jon que dejara de grabarle. Según su testimonio, el agente le advirtió de que se arriesgaba a cometer un delito de desobediencia si no le entregaba el teléfono móvil y le amenazó con detenerle. Después de 15 minutos le entregó el teléfono, pero sin acta de ocupación, y le volvió a amenazar con una multa de 40.000€ a 300.000€, si publicaba las imágenes.
• Roger Español perdió un ojo por el impacto de una pelota de goma disparada por la Policía Nacional en la protesta del 1 de octubre de 2017. Al igual que Esther Quintana en 2012, en esa ocasión por otra pelota de goma disparada por los Mossos d’Esquadra.
Fuente: Insurgente.
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