La abogacía del Estado afirma que descontaminar Palomares es una “decisión política”

La Abogacía del Estado ha trasladado al Tribunal Supremo (TS) que la descontaminación de las 40 hectáreas bajo vigilancia radiológica en Palomares (Levante Almeriense) es una “decisión política” y “no” una “imposición legal o internacional” avalando los constantes retrasos del Estado español para llevarse las tierras contaminadas por las bombas estadounidenses que un avión militar dejó caer sobre el Levante Almeriense.

La abogacía sostiene, asimismo, que tampoco el Gobierno español “tiene obligación” de “preparar” el informe sobre avances en la limpieza de la radiactividad de la zona que solicitó la Comisión Europea (CE) para finales de 2021 ya que el Plan de Rehabilitación “no es una medida sobre la que pueda o no evaluarse si cumple o no con los estándares de protección radiológica” de acuerdo al artículo 35 del Euratom.

En línea con los distintos gobiernos del estado español que posponen la retirada de las tierras contaminadas sine die indica que “La rehabilitación puede constituir, y es lógico que así lo considere el recurrente, un objetivo deseable y óptimo, pero será siempre fruto de una decisión política, y se irá ejecutando en la medida en que la cooperación internacional y la disponibilidad de la inversión necesaria vayan permitiendo su concreción y ejecución”.

En el escrito de oposición, consultado por Europa Press, precisa que los “residuos” presentes en la zona “no se pueden hacer desaparecer” y arguye que “que no basta con trasladar el problema de un lugar a otro”.

“Las actuaciones a realizar en Palomares quedan catalogadas como intervenciones en el marco normativo nuclear, y la contaminación remanente en las zonas afectadas por el accidente de Palomares es una situación de exposición perdurable”, recoge el escrito, que añade que “de acuerdo con la normativa europea hay que tener en cuenta, de modo destacado, que toda intervención debe resultar de una ponderación entre los eventuales perjuicios para la salud y los costes que la misma implica”.

Por último, concluye que en el plan de rehabilitación de un suelo como el de Palomares, el CSN “no tiene competencia para su aprobación, sino que actúa en su función consultiva en los términos que la justifican: la protección radiológica” sino que debe emitir informe favorable de los planes de “mitigación de efectos” cuya elaboración “corresponde a los titulares de los terrenos, en este caso, el Ciemat”.

Fuente: Andalucía Información.

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Francisco Vílchez

Andaluz de Granada (1980). Grado en Humanidades en la UGR. Pluriempleado en el sector servicios y aficionado a hablar de lo que la prensa no dice ni pío.

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1 respuesta

  1. Avatar Juan dice:

    Esto es muy sencillo de comprender, la abogacía del Estado sencillamente quiere que las tierras contaminadas no se toquen y sigan ahí, por el tipo de peligro que representa la contaminación radiológica. Seguro que si el accidente hubiera sido en Madrid, tanto el Estado español como su abogacía hace décadas que hubieran dado luz verde a su limpieza, pero como es la colonia andaluza, pues que se quede todo tal y como está.

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