Jaén: Bódalo no entrega a tiempo el recurso contra su condena
Un error de la procuradora ha llevado a que finalmente no se haya presentado en tiempo y forma ante el Tribunal Supremo (TS) el recurso por la sentencia de la Audiencia de Jaén que condenaba a Andrés Bódalo (CUT – Podemos) a tres años y medio de prisión, mientras que a otros tres acusados los condenaba a un año de cárcel por agredir al primer teniente de alcalde de Jódar (Jaén) en el transcurso de una protesta de jornaleros.
El Sindicato Andaluz de Trabajadores (SAT) ha anunciado a través de un comunicado que sus equipos jurídicos están trabajando para paliar “el error administrativo que se ha producido al no presentar a tiempo la procuradora el recurso de casación”. En este sentido una delegación del sindicato se va a desplazar este martes a Madrid para “solucionar cuanto antes el problema, porque seguimos defendiendo la inocencia de Andrés Bódalo”.
De hecho, ya se ha presentado un recurso de revisión ante el Supremo alegando que el recurso no se presentó por motivos ajenos a la voluntad de los recurrentes y que en concreto se debe únicamente a un error profesional de la procuradora que ha reconocido su responsabilidad a la hora de no presentar el recurso tal y como tenía encomendado.
De hecho, desde el SAT se asegura que se le envió en tiempo el recurso de casación y los poderes notariales necesarios para presentarlo en el Supremo, sin embargo no llegó a presentarse y el Supremo ha remitido nuevamente la causa a la Audiencia de Jaén para que ejecute la sentencia.
Bódalo “muy preocupado”
Andrés Bódalo ha reconocido estar “muy preocupado” tras conocer que por un error de la procuradora no se ha formalizado el recurso de casación ante el Tribunal Supremo por la sentencia de la Audiencia de Jaén que le condena a tres años y medio de prisión.
“Estoy muy preocupado. No entiendo cómo se puede cometer un error de ese tipo con lo que ello conlleva”, ha dicho Bódalo , ya que el que la procuradora no haya formalizado el recurso puede conllevar su ingreso inmediato en prisión una vez que la Audiencia de Jaén solicite la ejecución de la sentencia en el caso de que no prospere el recurso de revisión que han interpuesto tras conocer que no se había formalizado el recurso de casación y que quedaba desierto.
Por lo pronto, Bódalo se ha mostrado confiado en que pueda prosperar el recurso de revisión que ya ha presentado la asesoría jurídica del Sindicato Andaluz de Trabajadores (SAT) en el que se argumenta que el recurso de casación no se ha presentado por “un error profesional” de la procuradora, no porque los recurrentes hayan desistido del mismo.
De hecho, el recurso de casación se remitió a la procuradora en tiempo y forma por parte de los servicios jurídicos del SAT junto con los poderes notariales pertinentes, pero la procuradora ha reconocido y ha asumido su responsabilidad por no haber presentado el recurso en lo que ha atribuido a “un error profesional”.
“Sé que hay jurisprudencia que señala que en casos excepcionales se ha ampliado el plazo para presentar el recurso y que hemos aportado esa jurisprudencia en el recurso de revisión, pero no sé qué va a pasar”, ha dicho Bódalo. Ahora, “solo me queda esperar y confiar en que las personas de la asesoría jurídica del SAT que se han desplazado a Madrid puedan dejar claro que todo ha sido un error ajeno a nosotros”.
“Persecución política”
En su comunicado, el SAT defiende “la inocencia de Andrés Bódalo” y reitera que la sentencia condenatoria está viciada “de elementos de persecución política”. La Audiencia de Jaén condenó a cuatro sindicalistas por un supuesto delito de atentado. A tres de ellos (Francisco Javier Angulo, Blasa López y Catalina Parras) les condenó a un año de prisión, mientras que a Andrés Bódalo, miembro de la Permanente Nacional del SAT, se le sentenciaba a tres años y seis meses de prisión, al apreciarle un agravante de reincidencia.
El SAT anunció inmediatamente, nada más conocerse la sentencia, la presentación del recurso al no haber tomado en cuenta la Audiencia las contradicciones que se manifestaron en el juicio entre diferentes cuerpos de seguridad. Mientras que miembros de la Guardia Civil en sus declaraciones dieron la razón a los sindicalistas, un concejal y miembros de la Policía Local argumentaban a favor de las tesis de la Fiscalía y de la acusación particular, en este caso el Ayuntamiento de Jódar.
Según el SAT, la sentencia “está viciada” dado que “se basa exclusivamente en testimonios policiales que son contradictorios con los testimonios de los guardias y no toma en cuenta la única prueba objetiva, los propios videos grabados por la Guardia Civil.”
Los hechos juzgados ocurrieron el 27 de septiembre de 2012 en el marco de una campaña por el empleo público que el SAT estaba desarrollando ante los escasos días de trabajo de la campaña de la vendimia.
Desde el SAT se entiende la sentencia de la Audiencia de Jaén como “un nuevo y gravísimo paso hacia la criminalización de las luchas sociales y sindicales, como un nuevo intento de perseguir a los que cuestionan las políticas del Gobierno que están condenando a muchas personas al paro forzoso y a perder sus viviendas”. Es por ello que entienden que “un mero error administrativo no puede, en ningún caso, anular la presentación de dicho recurso”.
(Fuente: diario Ideal – edición Jaén)
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