El Gobierno recurre el convenio del Ayuntamiento de Marbella por establecer las 35 horas, porque “perjudicaría” creando nuevos puestos de trabajo

Ayto Marbell 2

La Abogacía del Estado ha interpuesto ante un juzgado de Málaga un recurso contencioso administrativo contra el restablecimiento de la jornada semanal de 35 horas incluida en el convenio colectivo del Ayuntamiento de Marbella. El recurso, presentado el pasado 30 de junio y al que ha tenido acceso este periódico, solicita al juez la adopción de medidas cautelares con la suspensión inmediata del acto impugnado y que ordene el restablecimiento inmediato de la jornada semanal de 37 horas y media. El Ayuntamiento se ha opuesto a esta medida y sostiene la legitimidad del convenio colectivo, aprobado en su día por la intervención del SERCLA.

La intervención de la Abogacía del Estado supone el último paso dado por el Gobierno desde que en septiembre del año pasado el subdelegado del Gobierno en Málaga, Miguel Briones, tomara conocimiento del acta del pleno municipal celebrado en julio en el que el alcalde, José Bernal, y el portavoz de IU, Miguel Díaz, se refirieran en sus intervenciones a la recuperación de la jornada de 35 horas en el Ayuntamiento.

Por ese motivo, Briones requirió información al Ayuntamiento, que finalmente en febrero de este año puso en su conocimiento el acuerdo de rehabilitar la vigencia del convenio colectivo que en uno de sus artículos establecía la jornada de 35 horas. Esta medida, según indica el recurso presentado por la Abogacía del Estado, viola la normativa básica estatal, por lo que se requirió al gobierno municipal que la anulara. El Ayuntamiento sostiene la legitimidad del convenio, aprobado con la intervención del SERCLA

El recurso asegura que pese a que el alcalde respondió que se iban a iniciar los trámites para su revisión, al día de hoy no se ha revocado el acuerdo y tampoco se ha remitido a la Subdelegación el acuerdo socioeconómico, por lo que el representante del Gobierno en Málaga requirió a la Abogacía del Estado para que recurra contra la decisión del Ayuntamiento.

En el escrito remitido al Juzgado se asegura que al rehabilitar la vigencia del artículo del convenio colectivo que vuelve a implantar la jornada de 35 horas, se ha vulnerado la normativa básica estatal que es aplicable a todos los empleados de las distintas administraciones públicas “sin que pueda justificarse la competencia municipal en la autonomía local”, no prevista en las normas aprobadas en 2012 dentro del primer paquete de medidas puestas en marcha por el Ejecutivo de Rajoy para reducir el déficit público y alcanzar la estabilidad presupuestaria.

El recurso hace referencia a que el Tribunal Constitucional ya ha sido claro al determinar el carácter básico de esta norma y de la prohibición que se establece a todas las administraciones de fijar una jornada inferior a las 37 horas y media y sostiene que el Ayuntamiento de Marbella es consciente de la ilegalidad de la medida, ya que al ser requerido por el subdelegado del Gobierno, el alcalde respondió que iba a iniciar los trámites para revocar el acuerdo, “si bien aún no consta que lo haya hecho”, indica el escrito de la Abogacía del Estado.

La Abogacía del Estado argumenta también que el acuerdo laboral carece de todo amparo legal e infringe las competencias exclusivas del Estado sobre las bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica, ya que la reducción de la jornada conlleva la contratación de personal para cubrir las dos horas y media semanales que se dejan de realizar, “personal que tampoco podría tener carácter temporal al tratarse de una reducción con carácter estructural y permanente”, por lo que impone un incremento de personal del Ayuntamiento con su proyección sobre la masa salarial.

La demanda reclama como medida cautelar la suspensión inmediata del acuerdo, a lo que se ha opuesto el Ayuntamiento, para evitar que su implantación dé lugar a situaciones consumadas irreversibles, como la creación de nuevos puestos de trabajo que, en opinión del Gobierno, causarían perjuicios al interés general. Para la parte demandante, además, la denegación de la medida cautelar causaría un importante perjuicio a la ciudadanía, “pues obviamente los servicios públicos municipales se ven afectados por la reducción del horario de trabajo efectivo de los empleados municipales”.

(Fuente: diario Sur / Autor: Héctor Barbotta)

Francisco Campos

Francisco Campos

Nació en Sevilla en 21 de julio de 1958. Trabaja como administrativo. Es autor del libro "La Constitución andaluza de Antequera: su importancia y actualidad" (Hojas Monfíes, 2017).

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