Córdoba: El TSJA anula la retirada de una celosía de la Mezquita por la Iglesia

Ha tenido que ser el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) quien anule la retirada de una gran celosía de cedro macizo y dos toneladas de peso del muro que separa la Mezquita del Patio de los Naranjos para facilitar el paso de cofradías al interior del templo.

Concentración de Nación Andaluza por la devolución de la Mezquita de Córdoba al Pueblo Andaluz, en mayo de 2014.

La gran celosía, que es ya uno de los iconos de la joya andalusí, forma parte de un juego de cuatro piezas de similar tamaño que se colocaron en 1972 para resolver uno de los problemas endémicos del muro norte. En ese lateral de la Mezquita, la mayor parte de los grandes arcos que dan al Patio de los Naranjos fueron tapiados siglos atrás por deseo de los prelados para colocar capillas adosadas en su interior. El templo perdió así su centenaria luz natural y solo quedaron cuatro vanos sin cegar.

Fue el prestigioso arquitecto Rafael de la Hoz Arderius quien ideó, cuando era director general de Arquitectura a principios de los setenta, esta solución de madera noble que se adaptó perfectamente al edificio, según reconocen la mayoría de los expertos. En 1984, la Mezquita fue declarada Patrimonio Mundial por la Unesco y todos sus elementos, incluidas las cuatro celosías, quedaron bajo su protección.

La supresión se produjo en medio de una gran controversia en 2017 por orden del Cabildo catedralicio, administrador del monumento universal, para facilitar el paso de las cofradías de Semana Santa al interior del edificio, en cuyo corazón se alza la Catedral.

El fallo representa un duro varapalo no solamente para los intereses de la Iglesia católica sino para la Consejería de Cultura, por cuanto le reprocha no haber protegido el monumento como era su obligación y haber autorizado una actuación que vulneraba claramente su propia ley. La sentencia recuerda que las “intervenciones sobre bienes del catálogo general del patrimonio histórico deben procurar por todos los medios su conservación, restauración y rehabilitación”. Y añade que, en todo caso,  “las restauraciones deben respetar las aportaciones de todas las épocas existentes, así como las pátinas, que constituyen un valor propio del bien”, tal como recoge literalmente la Ley de Patrimonio Histórico andaluz. “La eliminación solo se autorizará”, cita textualmente la sentencia, “siempre que quede fundamentado que los elementos que traten de suprimirse (…) fuese necesario para permitir la adecuada conservación y una mejor interpretación histórica”.

Usurpada por la Iglesia Católica

La Iglesia se apropió de la Mezquita de Córdoba en 2006, bajo el gobierno de José María Aznar. La Mezquita de Córdoba, que fue declarada por la Unesco Patrimonio de la Humanidad en 1984, llevaba doce siglos perteneciendo al Estado. Gracias a una ley franquista que el presidente del PP ya mencionado reformó, la Iglesia se apropió de lugar de culto.

Fuente: www.publico.es / www.diariodecordoba.com

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Francisco Vílchez

Andaluz de Granada (1980). Grado en Humanidades en la UGR. Pluriempleado en el sector servicios y aficionado a hablar de lo que la prensa no dice ni pío.

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