Gracias a fiscalía y ecologistas, contaminar le ha salido muy barato a Cobre Las Cruces

Tres directivos de la mina a cielo abierto Cobre Las Cruces (CLC), situada en el término municipal de Gerena (Sevilla), han sido condenados este lunes a un año de prisión por haber contaminado el acuífero Niebla-Posadas, hechos por los que también han pagado una multa de 6.750 euros, y la compañía además ha indemnizado al Estado con 293.209,6 euros por los daños causados al dominio público.

Los tres procesados reconocieron los hechos y aceptaron la condena, por lo que la presidenta del tribunal, Inmaculada Jurado, ha dictado la sentencia “in voce”, sin llegar a producirse realmente el juicio, debido a que la Fiscalía y la acusación popular que ejercía el colectivo Ecologistas en Acción alcanzaron un acuerdo previo con las defensas, consistente en que, a cambio de dicho reconocimiento, ambas aceptaban rebajar tanto las peticiones de  multas como las penas solicitadas. Las multas de 11.700 a 6.750 euros. Las penas, de una petición inicial de hasta cinco años y medio de cárcel, por delitos contra el Medio Ambiente y daños, al exiguo y meramente simbólico año al que han sido finalmente condenados, que no conlleva entrada en prisión.

De hecho, la Audiencia ha declarado en el mismo acto la firmeza de la sentencia, dado que todas las partes han renunciado a recurrirla, y también ha decidido suspender la pena de prisión durante dos años a los acusados. Sí estos no reciben otra condena en el transcurso de dicho espacio temporal ésta tampoco se ejecutaría.

La Fiscalía, en su escrito de conclusiones provisionales, afirmaba que Cobre Las Cruces recibió en el año 2003 autorización de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG) para sus operaciones de drenaje e inyección de aguas en sus instalaciones mineras situadas entre las localidades sevillanas de Gerena, Guillena y Salteras. La empresa incurrió en un “número importante de incumplimientos”, según la Fiscalía, y en julio del 2006 inició la extracción de aguas y su inyección en el acuífero “sin haberse aprobado el acta de reconocimiento de las obras”.

Entre otros riesgos, la CHG detectó concentraciones de arsénico superiores a las permitidas, pese a ser una sustancia declarada peligrosa en el decreto correspondiente, con el peligro de que pudiera contaminar el acuífero Niebla-Posadas, del que se abastece el consumo humano en diversas poblaciones cercanas.

La compañía minera incumplió hasta nueve condiciones de la autorización concedida por la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG) para la explotación de la actividad. Así se exponía en el informe que la Comisaría de Aguas de la CHG elaboró el 12 de mayo de 2008 y que fue aportado durante la fase de instrucción de la causa.

La sentencia que condena a Cobre las Cruces por el “incumplimiento” de la autorización concedida para el aprovechamiento del acuífero, mencionando entre otras cosas aspectos como “sondeos sin preceptiva autorización”, extracciones de agua cuya acta de reconocimiento carecía de aprobación, una “detracción ilegal” de aguas y “concentraciones de arsénico” en el caudal del acuífero.

A empresa y directivos les ha resultado barato contaminar

Los tres directivos condenados son François Fleury, anterior consejero delegado de Cobre Las Cruces; William Thomas, el ex director de mina; y la directora del departamento de Medio Ambiente, Paz Cosmen Shortmann de la compañía minera. En cuanto a la propia empresa, el único perjuicio que le ha supuesto contaminar un acuífero del que se surtían las localidades cercanas con distintos elementos nocivos para la salud, entre ellos el arsénico, fuera aparte los 293.209,6 euros, una minucia para sus presupuestos multimillonarios,  fue una suspensión provisional de la concesión administrativa otorgada para el aprovechamiento del acuífero, que después le  sería restituida tras adoptar las medidas necesarias de filtrado, etc., lo que le supuso desembolsar unos treinta millones de euros y le conllevó un año de paralización parcial de actividades.

Para los tres altos ejecutivos de la multinacional abonar las cantidades que les han sido impuestas no conllevará ninguna dificultad ni les resultara en absoluto oneroso, dado el nivel de sus remuneraciones. Además de que seguramente CLC los resalcirá de la pérdida. Y para la multinacional, el tener que realizar mejoras de protección medioambiental en sus instalaciones, sólo tras ser denunciados y obligados a ello, tampoco les resulta un mal negocio. Tanto a los directivos como a la empresa les trae cuenta el persistir en este tipo de actuaciones, pues les resulta rentable.

Pese a ello, la fiscalía y Ecologistas en Acción, que no han dado explicaciones en cuanto a las razones de un acuerdo tan ventajoso para los denunciados, han vendido la sentencia judicial pactada como “un gran éxito”. Desde el colectivo ecologista lo sustentan en el hecho de constituir La primera sentencia contra una mina en el Estado Español por contaminar con su trabajo. Este mismo criterio ha sido sostenido por diversos medios “alternativos”, llegando a calificar la sentencia como “ejemplar”, puesto que, según ellos, transmite el que “quien contamina paga y, además, tiene pena de cárcel”.

En este sentido, Antonio Ramos, representante del Secretariado de Minas de Ecologistas en Acción, ha mostrado su “enorme satisfacción” por esta “primera condena” a una compañía minera después de ocho años de una “lucha ímproba” y ha calificado a la empresa minera como una “depredadora del Medio Ambiente. El fallo, según ha manifestado, también se produce a su juicio contra la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG), que no ha ejercido la acusación, y contra la “política nefasta de la Junta” en materia de minas.

Isidoro Barreal, que ha ejercido la acusación particular en nombre del colectivo “en solitario, porque nadie nos ha apoyado”, ha declarado igualmente su satisfacción “por el trabajo riguroso, constante e ininterrumpido del Juzgado 19 de Sevilla y de la Fiscalía de Medio Ambiente durante la instrucción”. Por contra, lamenta la “actitud pasiva de las administraciones públicas, que además de no personarse para defender el dominio público y la salud de la población, siguen amparando los reiterados ataques medioambientales de la mina”.

Barreal ha añadido que, a raíz de tan “ejemplarizante” sentencia, se sienta un precedente importante ya que “ahora las empresas ya deben saber que no pueden contaminar. Están muy acostumbradas a obtener permisos y dicen que van a cumplir, pero luego no lo hacen”. Evidentemente, si las consecuencias del incumplimiento son tan light como las recibidas por Cobre Las Cruces y sus directivos, esta sentencia les debe servir para reflexionar, pero en el hecho de que contaminar trae cuenta.

Desgraciadamente, y en contraposición a lo argumentado por Ecologistas en Acción, el mensaje que transmite esta sentencia de saldo es exactamente el opuesto al que ellos sostienen. El de que en Andalucía sigue resultando mucho más barato contaminar que invertir en evitarlo. En definitiva, un mal final para una lucha encomiable.

Paco Campos para La Otra Andalucía

 

 

Francisco Campos

Francisco Campos

Nació en Sevilla en 21 de julio de 1958. Trabaja como administrativo. Es autor del libro "La Constitución andaluza de Antequera: su importancia y actualidad" (Hojas Monfíes, 2017).

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1 respuesta

  1. 14/09/2021

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